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 # Número 204 # # 17 junio 2010 # 
Para CEA la ley recorta garantías a los automovilistas y ciertos preceptos
son inconstitucionales pues no respeta sus derechos
La nueva Ley de Tráfico desata la polémica

Madrid, 17 de junio de 2010. La Fundación Comisariado Europeo del Automóvil y la Fundación PONS, han analizado en una jornada monográfica la reforma del procedimiento sancionador en la nueva Ley sobre Tráfico, y consigue mostrar el propósito que persigue la administración, así como el punto de vista de usuarios, profesores universitarios y magistrados; y la preocupación que causan las nuevas normas.

La nueva ley busca evitar la impunidad de algunos conductores infractores, para conseguir mejorar el carácter pedagógico de las sanciones, pero no ha conseguido el consenso de todos debido a que muchos de ellos ven detrás de ella un recorte de sus derechos y garantías de defensa en el procedimiento.

Objetivo de la DGT: “Desterrar la sensación de impunidad ante las infracciones de tráfico”

D. Javier Villalba, subdirector general adjunto de recursos en la DGT, presentó las novedades de la reforma de la Ley de Tráfico desde el punto de vista de la Administración, y afirma que la reforma atiende al carácter masivo que tiene este tipo de procedimientos y tiene la vocación de minimizar el tiempo que antes concurría entre la infracción y la sanción. La finalidad de esta reforma ha sido por este motivo “desterrar la sensación de impunidad ante las infracciones de tráfico.

Según Villalba entre los principios generales de la reforma están el establecer un procedimiento específico, la sanción rápida como elemento de seguridad activa y trasladar el concepto de juicios rápidos penales al ámbito administrativo.

Respecto a las infracciones ha habido pequeñas modificaciones en las conductas infractoras, se ha realizado un cuadro específico sobre los excesos de velocidad, se han suprimido infracciones sin relevancia para la seguridad vial, y se han introducido sanciones muy graves por actividades que ponen en riesgo la seguridad.

El subdirector general adjunto de recursos en la DGT habló de la unificación de cuantía fija para las sanciones con la misma conducta y quiso recalcar el hecho de que no se elevan las cuantías en la mayoría de las infracciones. Además, los conductores que incumplan las normas tendrán más difícil eludir sus responsabilidades con la Administración, puesto que con cuatro sanciones graves o muy graves sin pagar, no podrán hacer ningún trámite con su vehículo.

Villalba también mencionó las nuevas formas de notificar como la “Dirección Electrónica Vial” y el “tablón transversal de Tráfico” –TESTRA- que comunica todas las sanciones de tráfico, sean procedentes de la administración que sea.

Por último reconoció que los detectores de radar se encuentran en "un limbo jurídico" y que la nueva norma no prohíbe su uso. Cosa bien distinta son los inhibidores, que interfieren y anulan la señal emitida por estos aparatos, cuyo uso se ha endurecido con la reforma legal.

Para los administrados: recorte de garantías a los automovilistas

D. Rafael Fernández–Chillón, Director General de CEA, hizo una exposición sobre lo que opinan los ciudadanos de esta ley así como sobre otras políticas de seguridad vial, mostrando una serie de resultados sobre consultas a ciudadanos que desde CEA se han formulado para saber lo que piensan los conductores sobre la seguridad vial y las medidas que se están llevando a cabo para su mejora.

Como club automovilista, que defiende los intereses de los conductores, desde el Comisariado Europeo del Automóvil se ha luchado porque se revisaran muchos supuestos de esta ley que finalmente y según palabras de su director general, fue aprobada “in extremis“ y "con forceps” en el Parlamento. CEA se lamenta que por primera vez en la Comisión de Seguridad Vial no haya habido consenso mayoritario de los diferentes grupos parlamentarios, como había sucedido hasta la fecha.

Fernández-Chillón considera que la finalidad de esta reforma de la Ley es cobrar más y con mayor rapidez las multas e incluso, señala que el texto podría llegar a vulnerar en 18 preceptos una norma de rango superior como es la Constitución.

A pesar de que desde el Comisariado Europeo del Automóvil nunca se había creído en el afán recaudatorio de las multas de tráfico, ya es conocido que “numerosos ayuntamientos de ciudades españolas cuentan en sus partidas de presupuestos con las cantidades que estiman recaudar en multas de tráfico".

En resumen CEA advierte que esta ley no va a ser bien acogida por los ciudadanos en el plazo breve de unos meses, a pesar del enfoque triunfalista que se ha dado desde la DGT. Y como dato cabe señalar que el 93% de los ciudadanos que CEA ha encuestado no se han mostrado favorables a la Reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial.

Perspectivas jurídicas teóricas y prácticas

D. Tomás Cano, profesor titular de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense de Madrid, hizo una aproximación teórica de las principales novedades que incorpora el texto de la reforma incidiendo en el aspecto de que tal cual se ha aprobado supone sacar del procedimiento Sancionador General el Procedimiento en materia de Tráfico.

Desde su punto de vista, los derechos y garantías que informan del procedimiento penal, pese a la reiterada jurisprudencia constitucional, no son susceptibles de ser incorporados en el Procedimiento Sancionador Administrativo y mucho menos en el ámbito del tráfico y la circulación vial. A su modo de ver, el texto recientemente aprobado no vulnera preceptos básicos constitucionales.

Si a caso en cuanto a la ejecución de las sanciones D. Tomás Cano, mostró cierta reserva por la confusa regulación que tiene este aspecto en la redacción de la nueva ley aprobada.

Por su parte el Magistrado-Juez de lo Contencioso-Administrativo del juzgado nº 3 de Madrid,
D. José Yusti Bastarreche
, manifestó su desconcierto por el aumento de expedientes sancionadores en los que el único elemento de prueba existente consiste en la incorporación de pruebas obtenidas por instrumentos electrónicos, como son las denuncias por exceso de velocidad.

A su modo de ver, cree que la presunción de veracidad que puede informar la declaración de un agente encargado de la vigilancia del tráfico no puede trasladarse a este tipo de prueba por las particularidades técnicas que requieren un conocimiento exacto de su funcionamiento.

El nuevo procedimiento sancionador que permite que la simple denuncia de un agente se convierta en resolución sancionadora, por la inactividad del infractor, le parece a D. José Yusti en todo caso inadecuado y desproporcionado.

Este magistrado no descarta un aumento considerable de recursos de contenciosos administrativos en los próximos meses.

Esperando que esta información sea de interés para tu medio. Recibe un saludo.

Acerca de la Fundación CEA

La Fundación CEA persigue trabajar en los siguientes fines, tan íntimamente relacionados con la actividad de CEA:

  • El fomento de la Seguridad Vial y la reducción de los accidentes de tráfico.
  • La consecución de una movilidad sostenible.
  • La protección y ayuda a las víctimas de los accidentes de tráfico.
  • El respeto al medio ambiente y la reducción de los niveles de contaminación.
Nuria Alonso Martínez-Losa
Directora de Comunicación y RR. EE.
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