La nacionalidad es el vínculo jurídico que une a la persona con el estado y tiene la doble vertiente de ser un derecho fundamental y constituir el estatuto jurídico de las personas. Por esta relación, el individuo disfruta de unos derechos que puede exigir a la organización estatal a la que pertenece y ésta, como contrapartida, puede imponerle el cumplimiento de una serie de obligaciones y deberes.
diploma del instituto Cervantes
Nacionalidad española por residencia
La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley. Una de las formas de obtención de la nacionalidad es por residencia, la cual exige la residencia de la persona en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.
Requisitos para la tramitación de la nacionalidad española por residencia:
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Modelo de solicitud normalizadoEn caso de presentación en sede electrónica se sustituirá por el formulario on-line.
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Tarjeta de Identidad de extranjero. Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea o Certificado del Registro Central de Extranjeros o del Registro de Ciudadanos de la Unión.
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Pasaporte completo y en vigor del país de origen.
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Certificación de nacimientodel interesado, debidamente traducido y legalizado.
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Certificado de antecedentes penales de su país de origen, traducido y legalizado, de acuerdo con los Convenios internacionales existentes o certificado consular de conducta expedido sobre la base de consulta a las autoridades competentes del país de origen
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Certificado de matrimonio si el solicitante está casado.
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Justificante del pago de la tasa.
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Certificado de antecedentes penales del Registro Central de penados. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud.
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Certificado de empadronamiento. Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud.
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Diplomas del Instituto Cervantes de la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) y la prueba de conocimiento del idioma español (DELE). Puede sustituirse por la autorización de consulta al Ministerio de Justicia consignada en el modelo de solicitud. En el caso de personas nacionales de un país en el que el castellano sea lengua oficial, exentas de la realización del examen DELE conforme al Reglamento de nacionalidad por residencia, pasaporte en vigor o certificado de nacionalidad que acredite la exención. Asimismo, se podrá acreditar el conocimiento de la lengua española mediante la aportación de los certificados oficiales de las enseñanzas de español como lengua extranjera, los certificados de Aptitud y las Certificaciones Académicas de Ciclo elemental, expedidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Consejerías competentes de las CCAA, o Escuelas Oficiales de Idiomas, conforme a la legislación vigente.
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