Rehabilitar un vehículo es dar de alta en el registro de vehículos de tráfico un vehículo que estaban en baja temporal.
Cuando la DGT te rehabilite el coche, el número de matrícula será el mismo, por lo que la fecha de matriculación no varía.
Se solicita en Tráfico aportando una primera documentación, que es:
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Solicitud en impreso oficial.
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Tasa DGT.
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Identificación del interesado mediante DNI o CIF de la empresa y DNI de la persona que actúe en representación de la misma.
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Si el solicitante no es el titular del vehículo aportará un documento acreditativo de la propiedad (contrato junto con el DNI del transmitente, factura junto con el CIF de la empresa).
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En el caso de que se trate de un vehículo adjudicado en subasta por la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, el acta o certificado de adjudicación legitimará al adjudicatario para solicitar su rehabilitación.
Si procede el trámite, Tráfico, dirigirá un oficio a la estación de ITV para que someta el vehículo a inspección. Una vez superada la inspección, se presentarán los siguientes documentos.
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Tarjeta de ITV expedida por la estación.
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Los vehículos agrícolas deberán aportar documento acreditativo del alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma, salvo acreditación telemática en el Registro de Vehículos de la DGT.
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Certificado de transportes si se trata de un autobús o un vehículo de transporte de mercancías con una MMA superior a 6 toneladas y una carga que exceda de 3,5 toneladas, salvo acreditación telemática en el Registro de Vehículos de la DGT.
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Justificante del pago/exención del Impuesto Transmisiones Patrimoniales (modelo 620) si no se presenta factura y la persona que solicita la rehabilitación es distinta del último titular.
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Justificante del pago/exención del Impuesto de circulación del Ayuntamiento donde tenga su domicilio el solicitante.
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Autorización para el gestor.
En caso de realizar la gestión a través de CEA, todos los impresos se encuentran en nuestras oficinas.