Nuevas ayudas de la Comunidad de Madrid para la compra de vehículos

El pasado día 2 de marzo se han publicado en el BOCM las bases reguladoras de las ayudas que se pueden pedir a través de la Comunidad de Madrid y que tiene como objeto la adquisición de vehículos nuevos. Estos vehículos deben ser de la tipología N1 (vehículo de motor concebido y fabricado principalmente para el transporte de mercancías cuya masa máxima no supere las 3.5 toneladas, diseñados y fabricados para el reparto comercial clasificados como Cero emisiones o vehículos ECO y los correspondientes a la categoría N2 (también vehículos destinados al transporte de mercancías pero cuya masa máxima sea superior a 3.5 e inferior a 12 toneladas). Es decir que sólo son ayudas que se aplican a la compra de furgonetas y furgones.

Nuevas ayudas de la Comunidad de Madrid para la compra de vehículos comercialesLa Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, buscando la promoción del uso de los vehículos eficientes o menos contaminantes, puso en marcha ya en el año 2015 un programa de ayudas para la adquisición de vehículos comerciales ligeros eficientes, auxiliares y de servicios, dirigido a facilitar la renovación de las furgonetas y furgones que operan en la Comunidad de Madrid por otros menos contaminantes.

En la comunidad de Madrid operan actualmente unos 300.000 vehículos ligeros de reparto comercial responsables de la emisión de contaminantes a la atmósfera. Con el objeto de contribuir a la reducción de esas emisiones provenientes del sector de transporte y en concreto de la flota regional de vehículos ligeros de reparto comercial, auxiliar, se hace necesario incluir como vehículos susceptibles de ser financiados con estas ayudas los que pertenecen a la categoría N2, esto es los furgones o camiones ligeros cuya masa máxima en carga sea superior a 3.5 e inferior a 12 toneladas.

En cualquier caso, los vehículos que se adquieran con estas ayudas deben ser nuevos y a la solicitud de la ayuda se debe adjuntar el justificante de la baja definitiva en el registro de vehículos de la Dirección General de tráfico de otro vehículo de la misma categoría, salvo para las empresas de nueva constitución.

La cuantía de las ayudas a las que se puede acceder es de 3.000€ u 8.000€ en el caso de vehículos de la categoría N1 y de 2.000€, 4.000€ o 10.000€ para los de la categoría N2.

Los interesados en estas ayudas deberán acudir a los puntos de venta, concesionarios, adheridos a esta línea quienes deberán ofertar el precio del vehículo aplicando sobre la factura, después de impuestos, la ayuda para la adquisición.

La deducción del importe tendrá la consideración de anticipo de la misma, condicionada a la comprobación de la documentación requerida por la entidad colaboradora por lo que una vez adquirido el vehículo junto con la solicitud, se deberá presentar:

  • fotocopia de la documentación acreditativa de la clasificación en el registro de vehículos de la dirección general de tráfico como cero emisiones, ECO o C.

  • fotocopia compulsada de la factura de compra desglosada (precio franco fábrica, descuento del fabricante, precio del vehículo antes del iva, precio después de impuestos, ayuda pública desconocida, bastidor del vehículo).

  • fotocopia compulsada del certificado acreditativo de la baja definitiva del vehículo por parte del correspondiente Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos CAT.

  • fotocopia compulsada del recibo de pago del Impuesto de Circulación de vehículos correspondiente a la última anualidad. 

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Igualmente, a través de una nueva Orden la Consejería incentiva la sustitución de vehículos destinados a autotaxi por otros con cero o bajas emisiones.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas:

  • Las personas físicas que sean profesionales autónomos, que deberán estar dados de alta en el impuesto de actividades económicas en Madrid y deben ser titulares de una o varias licencias de autotaxi de Madrid.

  • Las pequeñas y medianas empresas (PYME) que desarrollen sus actividades en el territorio de la comunidad de Madrid y sean además titulares de una o varias licencias de autotaxi expedidas en el territorio de la comunidad de Madrid.

En ambos casos la solicitud de la ayuda que debe realizarse en los establecimientos adheridos a ella, debe acompañarse de una serie de documentos y se limitará a la adquisición de un único vehículo por licencia de autotaxi y a un máximo de 5 vehículos por beneficiario y por convocatoria.

Olga Muñoz - Abogada de CEA

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