¿Quién puede circular en paralelo?

Las bicicletas pueden circular en paralelo

Las bicicletas pueden circular en paralelo

Según la DGT: «Las bicicletas, podrán circular en posición paralela, en columna de a dos, orillándose todo lo posible al extremo derecho de la vía, colocándose en hilera en tramos sin visibilidad y cuando formen aglomeraciones de tráfico».