La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha rechazado la propuesta de la Dirección General de Tráfico (DGT) que pretendía obligar a los aspirantes para examinarse del carné de conducir, a la obligación de tener que asistir presencialmente al menos unas ocho horas de clases teóricas.
En su informe sobre el proyecto del Real Decreto por el que se modifica el Reglamento General de Conductores, el órgano regulador considera que no se debe reservar la formación en exclusiva a las autoescuelas ni vincularse temporalmente al examen teórico, pues ello favorece a las autoescuelas frente a otros modelos de negocio (como por ejemplo los prestadores de formación online) sin que exista justificación para ello.
El proyecto que modifica el Reglamento de Conductores introduce una formación obligatoria adicional dirigida a incrementar la sensibilización de los conductores sobre los riesgos de la circulación vial. Esta nueva formación se impartirá de manera presencial en las autoescuelas, tendrá una duración de entre ocho y 12 horas (dependiendo del tipo de permiso) y deberá realizarse antes de la prueba de control de conocimientos (el examen teórico).
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia no cuestiona la exigencia de formación adicional para incrementar la sensibilización de los nuevos conductores sobre los riesgos de la circulación. Además, la CNMC recomienda al Ministerio del Interior que valore posibles alternativas a la exigencia de que la formación se realice de forma presencial. Tampoco considera justificado que el proyecto posibilite extender la exigencia de formación presencial a otras áreas de conocimiento para acceder a los permisos de circulación.
Ana M.ª Amador Rua – Abogada CEA