Uno de los aspectos más relevantes de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, fue la creación de la denominada Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE) con la que se pretende otorgar una misma protección a toda la ciudadanía y a todas las personas que visiten y disfruten de la ciudad, así como dar cumplimiento a los valores límites de dióxido de nitrógeno establecidos por la normativa comunitaria y estatal de carácter básico en materia de calidad del aire: La Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera y el Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire.
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Ordenanza de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de Madrid
Entre los OBJETIVOS de la presente ordenanza destaca el objetivo esencial, principal y prioritario: