El apagón eléctrico masivo que afectó a toda la península ibérica el 28 de abril de 2025 ha generado numerosos perjuicios a consumidores y empresas. Aunque las causas exactas aún se investigan, se atribuye a una súbita oscilación en los flujos de potencia que provocó la desconexión temporal de 15 GW de generación eléctrica, dejando a millones de usuarios sin suministro durante horas.
¿Qué derechos tienen los consumidores afectados?
Según la normativa vigente, los consumidores tienen derecho a reclamar por los perjuicios ocasionados por cortes de suministro eléctrico, siempre que estos no hayan sido previamente anunciados ni obedezcan a causas de fuerza mayor debidamente acreditadas, es decir un acontecimiento imprevisto y que aún previsto no podría haberse evitado.
Es recomendable conservar pruebas que acrediten los daños sufridos, como fotografías o informes técnicos, para respaldar posibles reclamaciones.
¿Qué se puede reclamar?
- Daños en electrodomésticos y aparatos electrónicos: Si se han producido averías debido al apagón o a una subida de tensión al restablecerse el servicio, es posible reclamar la reparación o sustitución de los mismos.
- Pérdida de alimentos: Si la interrupción del suministro ha durado más de seis horas y ha provocado la pérdida de alimentos por romperse la cadena de frío, se puede solicitar una indemnización.
- Interrupción de servicios contratados: En casos como la cancelación de viajes o reservas debido al apagón, se puede reclamar la devolución del importe abonado.
¿A quién se debe reclamar?
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Compañía eléctrica distribuidora: Es la responsable de mantener la calidad del suministro. Las reclamaciones deben dirigirse a su servicio de atención al cliente, incluyendo toda la documentación que respalde los daños sufridos.
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Seguro del hogar: Muchas pólizas cubren daños por cortes de electricidad. Es recomendable revisar las condiciones del seguro y, en caso de cobertura, contactar con la aseguradora para iniciar el proceso de reclamación.
¿Cómo presentar una reclamación?
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Documentar los daños: Fotografías, facturas de compra, informes técnicos y cualquier otra prueba que respalde la reclamación.
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Contactar con la compañía eléctrica: Enviar un escrito detallando los daños y adjuntando la documentación recopilada.
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Acudir a organismos de consumo: Si la respuesta de la compañía no es satisfactoria, se puede presentar una queja en la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) o en la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios correspondiente.
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Revisar la póliza del seguro del hogar: Contactar con la aseguradora para verificar la cobertura y, en su caso, iniciar la reclamación.
Consideraciones finales
Es importante actuar con prontitud y conservar todas las pruebas posibles. Aunque el apagón podría considerarse una circunstancia de fuerza mayor, si se determina que hubo negligencia por parte de alguna entidad, los consumidores podrían tener derecho a indemnizaciones adicionales. Mantenerse informado sobre los avances en la investigación oficial será clave para futuras acciones.
Abogados CEA pone al servicio de todos sus socios sus servicios jurídicos para asesorarles y ayudarles a reclamar por los daños sufridos una vez determinadas las posible responsabilidades.
María Oliva Gómez Olmeda – Abogada CEA