En ocasiones, la conducción de vehículos de motor y ciclomotores está sujeta a menciones, incidencias, restricciones y limitaciones relacionadas con la autorización o la persona titular de la misma. Otras, en cambio, tiene relación con el vehículo o la circulación del mismo.
Estas circunstancias han de constar en el documento que contenga la autorización administrativa, tanto para el conocimiento del propio conductor, como de la propia administración. que sancionará en el caso de su incumplimiento por parte del conductor. A tal efecto, en el permiso de conducción aparecerán una serie de códigos y subcódigos que se consignarán en el reverso del documento en la fila de observaciones nº 12.
En el antiguo formato del permiso de conducir estas observaciones venían descritas en su totalidad. Por ejemplo: “Deberá conducir con lentes correctoras y llevar repuesto”. En el nuevo permiso corresponde al código comunitario armonizado nº 1.
Estos códigos son iguales en toda la Unión Europea, de forma que pueden ser comprobados por cualquier agente de la autoridad. Las restricciones, la relación completa de códigos y subcódigos, y su significado, se encuentran recogidos en el Reglamento General de Conductores.
Olga Muñoz - Abogada de CEA