El 21 de marzo entra en vigor la nueva normativa aprobada sobre seguridad vial. La ley regulará en adelante la circulación de todos los vehículos incluyendo por tanto dentro de este término no sólo a los vehículos de motor. Entre otros cambios esta actualización modifica el sistema de sanciones vigente con el objetivo de penalizar más aquellos comportamientos que generan mayor riesgo en la conducción.
En cuanto a las infracciones una de las principales novedades es la revisión de las que suponen la pérdida de puntos en el permiso de conducir para como indicábamos al inicio penalizar más aquellos comportamientos que generan mayor riesgo:
- Aumenta de 3 a 6 puntos a detraer por conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil. Se mantiene la pérdida de 3 puntos por utilizar manualmente sistemas de telefonía móvil sin sujetarlos con la mano.
- Aumenta de 4 a 6 puntos a detraer por arrojar a la vía o sus inmediaciones objetos que pueden producir incendios o accidentes.
- Aumenta de 4 a 6 la infracción por adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas.
- Se retirarán 6 puntos del carné por adelantar a ciclos o ciclomotores sin dejar la separación mínima de 1,5 metros.
- Se eleva de 3 a 4 puntos la infracción por no hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, caso y otros elementos de protección. Además, incorpora como causa de la pérdida de puntos el hecho de no hacer uso de los mismos de forma adecuada.
- Se sustituye la infracción grave consistente en “utilizar” mecanismo de detección de radares o cinemómetros pro el mero hecho de “llevar en el vehículo” esos dispositivos. Se mantiene para estas infracciones la pérdida de 3 puntos.
- Se detraerán 3 puntos por conducir manteniendo ajustado entre el casco y la cabeza del usuario dispositivos de telefonía móvil.
Ver todas las infracciones que quitan puntos
Tras muchos años en vigor del carné por puntos se busca actualizar el sistema y entre otros cambios modificar la recuperación del saldo de puntos. En este sentido el tiempo que tiene que transcurrir ahora para que un conductor pueda recuperar su saldo inicial de puntos es de 2 años sin cometer infracciones, mientras que hasta la aprobación de la reforma este lapso de tiempo variaba en función de la gravedad de la infracción cometida: dos años para sanciones graves y tres años para sanciones muy graves.
Además, la ley también incorpora una nueva forma de recuperar puntos a través de los cursos de “conducción segura y eficiente” que imparten asociaciones, clubes de conductores, entidades aseguradoras o autoescuelas, como CEA. Estos cursos suponen una oportunidad para reciclar a las personas que, aunque no hayan cometido infracciones graves quieran mejorar su conducción. La realización de esos cursos se compensará con dos puntos adicionales hasta un máximo de quince y con una frecuencia máxima de un curso de cada tipo cada dos años.
Los abogados y asesores de CEA, resolverán todas aquellas dudas o consultas que tengas acerca de esta nueva normativa.
Olga Muñoz Villas - Abogada CEA