La DGT añade una nueva norma para proteger a los usuarios más vulnerables de nuestras carreteras: los ciclistas.
A la hora de adelantar a un ciclista, los conductores respetaremos 1,5 metros de distancia entre ambos vehículos, pero, debemos añadir una acción más de seguridad, consiste en reducir 20 km/h de la velocidad máxima que marque la vía.
A la hora de adelantar a un ciclista, los conductores debemos frenar hasta reducir 20 Km/h de la velocidad que marque la vía, mirar nuestro entorno para comprobar si existen riesgos que pudieran ocasionar un accidente de tráfico a la hora de proceder a realizar la maniobra y adelantar guardando 1,5 metros de distancia de seguridad si no queremos ser duramente sancionados.
La sanción por no realizar la maniobra de adelantamiento correctamente será de 200€ de multa y retirada de 3 puntos del carné de conducir.
Esta nueva norma, perfila la ya existente como así figura en el Reglamento de Circulación y que establece en su artículo 46 lo siguiente:
Se circulará a velocidad moderada y, si fuera preciso, se detendrá el vehículo cuando las circunstancias lo exijan, especialmente en los casos siguientes:
f) Fuera de poblado al acercarse a vehículos inmovilizados en la calzada y a ciclos que circulan por ella o por su arcén.
"Cuando se adelante fuera de poblado a peatones, animales o a vehículos de dos ruedas o de tracción animal, se deberá realizar la maniobra ocupando parte o la totalidad del carril contiguo de la calzada, siempre y cuando existan las condiciones precisas para realizar el adelantamiento en las condiciones precisas para realizar el adelantamiento en las condiciones previstas en este reglamento; en todo caso, la separación lateral no será inferior a 1,50 metros. Queda expresamente prohibido adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen en sentido contrario".
La infracción de esta norma tendrá consideración de sanción grave o muy grave. Desconocemos cómo la DGT procederá al control de velocidad en caso de adelantamiento, ni cómo procederán al control de la conducción de los ciclistas en carreteras, pero, cabe recordar que al igual que obligan a los conductores a reducir 20 km/h a la hora de adelantar a un ciclista, también prohíbe superar en 20 km/h la velocidad máxima de la vía a la hora de adelantar a otro vehículo que no sea una bicicleta.
El incumplimiento de cualquiera de las dos limitaciones de velocidad en adelantamientos, serán consideradas sanciones graves.
Todo lo expuesto entrará en vigor el próximo, 11 de mayo de 2021, por lo que hay que empezar a poner en marcha estas acciones cuanto antes, no porque sean sancionables, si no porque se ha demostrado que evitará los arrollamientos y fallecimientos de ciclistas en carretera. No olvidemos que, aunque los datos aun son provisionales, 2020 cerró con un balance de siniestralidad vial que desvelaba el fallecimiento de 36 ciclistas en vías interurbanas.
Fundación CEA aconseja a los conductores que para adelantar a un ciclista reduzcan la velocidad máxima de la vía 20 km/h y guarden la distancia de seguridad de 1,5 metros para evitar arrollar y ocasionar lesiones graves o incluso la muerte a ciclistas. No hay que esperar a la sanción para respetar un consejo o una norma que salva las vidas de los más vulnerables en carretera.
Rosa García-Moyano. Directora de Comunicación de CEA