Programa Moves II

La primera edición del Programa MOVES de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible finalizó su periodo de vigencia el pasado 31 de diciembre de 2019. Tras el cierre de este Programa, se ha aprobado la segunda edición del mismo, denominado MOVES II, con fondos procedentes del Instituto para la Diversificación y Ahorro Energético (IDAE).

PLAN MOVE II

La gestión de las ayudas del Programa MOVES II en la Comunidad de Madrid, será realizada por la Fundación de la Energía, que ha publicado un Extracto el 30 de julio dirigido a incentivar la adquisición de vehículos de energías alternativas.

Los tipos de vehículos que pueden recibir la ayuda son:

  • Vehículos pesados (N2-N3) con motores de combustión interna que pueden utilizar combustibles fósiles alternativos (autogas / gas natural)

  • Vehículos eléctricos puros (BEV)

  • Vehículos eléctricos de autonomía extendida (REEV)

  • Vehículos híbridos enchufables (PHEV)

  • Vehículos eléctricos de célula de combustible (FCHV)

  • Vehículos de categoría L propulsados exclusivamente por motores eléctricos

Los beneficiarios de estas ayudas deben residir en la Comunidad de Madrid, por lo que se deberá aportar el Impuesto Municipal de tracción mecánica o la exención del mismo abonado en un municipio de la Comunidad de Madrid y serán beneficiarios de estas ayudas:

  • Personas físicas con residencia en la Comunidad de Madrid que desarrollen actividades económicas, autónomos dados de alta en el censo de profesionales y empresarios

  • Personas físicas con residencia fiscal en la comunidad de Madrid

  • Comunidades de propietarios

  • Personas jurídicas que desarrollen su actividad, cuenten con una sede o mantengan parte de su plantilla en la Comunidad de Madrid desde al menos los dos años anteriores a contar desde la publicación de la presente convocatoria de ayudas

  • Las entidades locales siempre que realicen la actividad objeto de ayuda en la Comunidad de Madrid

En este caso se subvenciona tanto la adquisición directa como por medio de operaciones de financiación por leasing financiero o arrendamiento por renting de vehículos NUEVOS matriculados por primera vez. También será subvencionable la adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible con hasta nueve meses de antigüedad, siempre que sean de titularidad de un concesionario, punto de venta o fabricante/importador que realice la venta del vehículo al destinatario último de la ayuda.

Si estás pensando en CAMBIAR DE COCHE, ¡podemos ayudarte!. Llámanos al 91 557 68 01 o envíanos un correo a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Y si quieres realizar la transferencia del vehículo o la matriculación del mismo, en Gestoría CEA te ayudamos.

En el caso de adquisiciones por medio de operaciones de financiación por renting, sólo podrán ser objeto de ayuda a condición de que el correspondiente contrato de arrendamiento establezca una duración mínima de dos años

La fecha de la factura de compraventa y la fecha de matriculación del vehículo deberán ser posteriores a la fecha de registro de la solicitud de subvención es decir debemos pedir primero la ayuda y después comprar el vehículo. Dichas solicitudes se canalizarán exclusivamente a través de los concesionarios/puntos de venta/empresas de renting adheridos al programa MOVES II.

El plazo de vigencia del presente plan es de un año o hasta el agotamiento de la dotación económica.

Tampoco es necesario dar de baja un vehículo previamente para recibir la ayuda, aunque si se hace la ayuda que se recibe es mayor y existe límite de precio de venta de 45.000€ para los vehículos de la categoría M1 turismos de hasta 8 plazas.

La cuantía de las ayudas será la siguiente:

PLAN MOVE II

 

PLAN MOVE II

 

Olga Muñoz Villas – Gestora Administrativa CEA

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