Conducir bajo los efectos de drogas o alcohol presenta sin duda un peligro grave para quien conduce como para quien comparte la vía con esta persona. Sin embargo, negarte a pasar un control de alcoholemia puede traer consecuencias penales.
Debemos ser conscientes al volante y no tomar por sentado que porque nos sintamos bien debemos conducir bajo los efectos de alguna droga o alcohol. Seguro que todos conocemos que al volante se debe andar con los niveles de drogas y alcohol en cero en la sangre, no obstante, suele ser frecuente que las personas pasan de cumplir con esta norma que atenta directamente contra la seguridad vial. Parece que muchos conductores olvidan que si das positivo en un control de este tipo podrías recibir una multa y también incurrir en el código penal, incluidas penas de cárcel . Pero negarte, a siquiera realiza el control automáticamente se cataloga como un delito según el Código Penal en su artículo 383. Este artículo mención que este delito supone que puede incurrir con penas de prisión comenzando por seis meses hasta un año y la sustracción del carnet de conducir con un máximo de cuatro años.
Los controles de drogas y alcohol suponen que la prueba no es exclusiva para los conductores de coche o moto. Si ocurre un accidente cualquier involucrado deberá pasar un control, no importa que sea un peatón o ciclista , si este usuario de la vía ha ocasionado un accidente deberá responder como responsable y cumplir con todas las exigencias que suponga la ley. Si cualquiera de los responsables se niega hacerse las pruebas el Código Penal en España indica que supondrá la misma pena que un conductor en estado de embriaguez que se niegue a pasar por ella.
Si un agente interviene para hacerte la prueba de alcoholemia y das positivo en el dispositivo en tu primera prueba, se da un espacio de diez minutos para realizar una segunda prueba. Si en esta segunda prueba das positivo se inmovilizará el vehículo motor y se otorgará la multa que corresponda.
Por otro lado, la prueba anti-drogas se hace con una muestra de saliva tomada del individuo. Igual que como ocurre con el test de alcoholemia, deberá tomarse una segunda prueba para confirmar el positivo. Esta segunda prueba es enviada a un laboratorio para la confirmación del positivo y el conductor no continuará la marcha a medida que esto se esté procesando.
Sin embargo, el conductor o persona implicada en el accidente puede solicitar una prueba de sangre a modo de contraste en un centro de salud. Si esta prueba diera positivo estos resultados se unirán al informe realizado por el agente de la Guardia Civil y así poder tramitar correctamente el expediente.
Estos actos pueden suponer multas al dar positivo. Según los test de alcoholemia las multas comienzan desde los 0,25mg por litro en aire espirado o 0,5 gramos por litro en la sangre y 0,15 y 0,3, para conductores profesionales y noveles con menos de dos años de carné. Las comienzan comienzan en 500 euros y la pérdida de 4 puntos en el carnet de conducirsi el resultado de la prueba positiva y tiene un resultado de 0,26-0,50 mg por litro de aire espirado. Por otro lado, si el resultado fluctúa entre 0,50 y 0,60, la multa será de 1.000 euros y conllevará la retirada de 6 puntos en el carné. Si sobrepasas el último umbral y tu resultado arroja que conllevas un nivel de 1,2 gramos por litro en sangre o has dado positivo a sustancias ilegales, la pena vendría siendo una de principio penal con posibilidades de 3-6meses en prisión, podrías recibir una multa de 6-12 meses o pasar 31-90 días completando servicio comunitario. Además de perder el carné de conducir por un periodo de 1-4 años.
Amanda Esther Nieves Muñoz - Departamento de Comunicación